Es un organismo eclesial permanente y consultivo por el que un grupo de fieles presta su ayuda a los Párrocos en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el canon 532 (cfr. can. 537).
¿Para qué sirve?
La finalidad del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es aconsejar al Párroco en todo lo referente a la economía de la parroquia.
Le corresponde:
Formar eficazmente la conciencia de los fieles acerca de su deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad y el conveniente sustento de sus ministros (cfr. can. 222 § 1 y 1261 § 2).
Procurar que se confeccionen y presenten los presupuestos y el balance de administración.
Llevar diligente y ordenadamente la contabilidad parroquial.
Cuidar de la conservación y rendimiento del patrimonio de la parroquia.